Publicado el nuevo Decreto autonómico que desarrolla la la Ley 8/2015,de 21 de mayo, por la que se modifica la Ley34/1998,de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos,que introdujo un nuevo régimen de inspección en las instalaciones receptoras de gas por canalización,tanto de gas natural como de gases licuados del petróleo,permitiendo que las mismas puedan ser realizadas por las empresas instaladoras de gas habilitadas.
El decreto autónomico ha sido publicado en el Boletín Oficial del País Vasco este mes de septiembre y sustituye al publicado en el año 2.002, que regulaba las Inspecciones periódicas de gas en nuestra comunidad autónoma. Una de las principales novedades del nuevo decreto es que la periodicidad de las mismas pasa de 4 años a 5 años, por lo que a partir de ahora los usuarios de gases combustibles por canalización de nuestra comunidad autónoma deberán realizar la inspección periódica de su instalación cada 5 años.