Las instalaciones receptoras de gas de la Comunidad Autónoma del País Vasco deben someterse a una inspección o a una revisión cada cinco años. Así lo establece el Decreto 125/2016, de 6 de septiembre, que entró en vigor el 13 de octubre de 2016 y que sustituye a la normativa anterior, que fijaba un plazo de cuatro años.

Si eres titular del contrato de suministro o, en su defecto, la persona usuaria de la instalación tienes el deber de realizar el control periódico dentro del año natural que te corresponda. Este plazo se cuenta a partir de la fecha de su puesta en marcha o de la última supervisión efectuada. Si no lo haces, la empresa distribuidora de gas te suspenderá el suministro.

Contador de Calorias

Si su comunidad dispone de una instalación centralizada de calefacción, lo más probable es que se encuentren inmersos en un proceso de análisis de las opciones que tienen para aplicar las medidas sobre Contabilización de Consumos legisladas en España y Euskadi el pasado año. En este artículo intentaremos contestar a las dudas más frecuentes que suelen surgir entre los Coprietarios de las Comundiades afectadas.

Pregunta 1. ¿Cual es el Marco Legal de la Contabilización de Consumos en la Comunidad Autónoma del País Vasco?

En nuestra comunidad autónoma la obligación de Instalar Contadores está vigente desde 2019. La LEY 4/2019, de 21 de febrero, de Sostenibilidad Energética de la Comunidad Autónoma Vasca, dice así:

Artículo 42.– Obligaciones del sector residencial en edificios existentes.

Los edificios de titularidad pública o privada existentes destinados a vivienda estarán sujetos a las siguientes obligaciones:

a) Cuando se trate de edificios que dispongan de una instalación centralizada de producción de calefacción, agua caliente sanitaria y/o refrigeración, deberán disponer de sistemas de contabilización de consumos individuales, en la forma y los plazos que reglamentariamente se determinen, a fin de garantizar la transparencia y el adecuado reparto de los costes energéticos.

El juzgado de los Mercantil número 1 de Vitoria ha condenado a Iberdrola a eliminar una cláusula que utiliza en los contratos de suministro de energía eléctrica y gas natural para contratar un servicio "adicional" de reparación a domicilio de electrodomésticos, al considerar que es "abusiva" porque "limita u obstaculiza" los derechos del consumidor causando "importantes desequilibrios de derechos y obligaciones de las partes del contrato".

 LA ETIQUETA ENERGÉTICA DE UN PRODUCTO, indica la eficiencia energética del mismo.  Existen distintas etiquetas energéticas, en función del tipo de producto y de la información que proporcionan. Las clases de eficiencia A, A+ y A++ indican los productos con rendimiento más elevado. Hay dos clasificaciones distintas para la función de calefacción y para la función de producción de agua caliente.

En los productos combinados (que proporcionan al mismo tiempo calefacción y agua caliente sanitaria) la etiqueta debe indicar la información de ambas clasificaciones. Además de la clase energética, las etiquetas incluyen otros datos como la potencia térmica nominal en varias zonas climáticas o el nivel de ruido, entre otros, que pueden ayudar al usuario final a elegir el producto más eficiente para una determinada necesidad: aquel que tenga el menor impacto medioambiental     

Elección entre Contador de calorías o repartidor de coste

Si usted ha recibido en su comunidad estudios, propuestas o presupuestos, que le comunican  la obligación que tienen de Instalar Repartidores de Costes en sus viviendas, sin tener en cuenta el sistema de calefacción que tienen, debe pararse un momento a pensar. Lo primero que debe averiguar es como está construida su instalación,  si su sistema de calefacción esta diseñado por columnas, usted tiene pocas alternarivas, pero si por el contrario su instalación es por anillos, sistema más frecuente de lo que parece, usted tiene posibilidad de elegir entre contador de energía o repartidor de coste.

Este artículo pretende aclarar sus posibles dudas al respecto, al comparar ambos sistemas utilizamos el término ventaja o desventaja, con ello no nos estamos posicionando sobre cuál de los dos es mejor, sino que  pretendemos dar una idea de las particularidades de cada sistema para una toma de decisión más consciente por parte de la propiedad.

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